El pasado 2 de julio de 2024, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto 612/2024, una actualización crucial en la normativa que regula la protección de los trabajadores frente a los riesgos asociados a la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos en el ámbito laboral. Hoy, en Novagés hablamos sobre esta actualización de cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos en el trabajo.
Actualización de cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos en el trabajo
Este nuevo Real Decreto, que modifica el Real Decreto 665/1997, tiene como objetivo principal reforzar la seguridad y la salud de los trabajadores, incorporando nuevos agentes de riesgo y estableciendo medidas de prevención más rigurosas.
La principal novedad radica en la ampliación del espectro de agentes de riesgo considerados como cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos.
De este modo, se incorporan a la lista dos nuevos agentes cancerígenos.
Por un lado, el acrilonitrilo. Presente en la industria textil, este compuesto químico se asocia a un alto riesgo de desarrollar cáncer de pulmón, estómago y mama.
Por otro lado, los compuestos de níquel. Habituales en la industria metalúrgica, la fabricación de baterías y la elaboración de cerámicas y vidrios, los compuestos de níquel también se relacionan con un mayor riesgo de cáncer de pulmón y nariz.
Además de la incorporación de estos nuevos agentes, el Real Decreto actualiza los valores límite de exposición permitidos para otros agentes ya presentes en la normativa. Es el caso del benceno, un compuesto presente en la producción de plásticos, caucho sintético y tintes, entre otros.
Medidas preventivas
En cuanto a las medidas preventivas, el Real Decreto refuerza las medidas de prevención para proteger a los trabajadores.
En primer lugar, haciendo hincapié en realizar evaluaciones exhaustivas de los riesgos asociados a la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos en sus lugares de trabajo.
También aplicando medidas técnicas y organizativas que minimicen o eliminen la exposición de los trabajadores a estos agentes, priorizando la sustitución por alternativas más seguras.
Además, los trabajadores deberán recibir formación e información adecuada sobre los riesgos, así como sobre las medidas de prevención y protección disponibles. Por ejemplo, mediante los EPI adecuados a su actividad.
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