Recientemente se ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo. En él se recogen una serie de medidas de carácter urgente cuya finalidad es luchar contra la precariedad laboral. Una de las novedades es el registro obligatorio de la jornada laboral.

Todo ello viene explicado en el punto 9 del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, añadido en esta última modificación.

¿En qué consisten las novedades introducidas?

A partir del próximo 12 de mayo todas las empresas tendrán que guardar obligatoriamente un registro de la jornada laboral de sus trabajadores. En él se incluirán la hora de inicio y finalización de la jornada.

Por un lado, el método de registro deberá ser acordado entre la empresa y los trabajadores. La forma de llevarlo a cabo debe respetar la intimidad y dignidad de todos los trabajadores.

Por otro lado, todas las empresas deberán conservar los registros un mínimo de 4 años. Además, éstos deberán estar disponibles tanto para la consulta de los propios trabajadores como de las autoridades laborales competentes.

Ventajas que conlleva el registro obligatorio de la jornada laboral

Gracias a este registro de la jornada, las horas extra de los trabajadores deberían estar totalmente controladas. Esto beneficia al trabajador en diferentes aspectos.

Primeramente, se reduce la precariedad laboral. Cada hora extra deberá ser controlada y remunerada, reduciendo los abusos de algunas empresas.

Adicionalmente, la reducción de las horas extras conlleva un mayor descanso para los trabajadores. Es fundamental que se respeten las horas de descanso para evitar el agotamiento y otras todas las enfermedades derivadas del cansancio. De hecho, el estrés, la depresión y enfermedades cardiovasculares, musculares y esqueléticas están íntimamente ligadas al exceso de carga laboral.

También contribuirá a evitar situaciones de fraude laboral. Según los sindicatos, si los trabajadores en España se ciñesen a sus jornadas laborales, serían necesarios aproximadamente 1,5 millones de trabajadores más para cubrir las necesidades de trabajo. Esto reduciría el desempleo drásticamente.

Posibles inconvenientes del registro de la jornada laboral

Por contra, el registro de la jornada laboral puede mermar la flexibilidad horaria que han pactado múltiples empresarios y trabajadores.

Si el registro de la jornada se hace de forma rígida, puede conllevar una presión añadida para el trabajador. Esto puede derivar en problemas de estrés laboral y otros problemas de salud adicionales.

Por tanto, de cara a evitar futuros riesgos laborales asociados al estrés, es conveniente que empresarios y trabajadores se sienten para pactar el mejor método para llevar a cabo el registro obligatorio de la jornada laboral. De este modo, si ambas partes resultan favorecidas, el proceso será más sencillo y libre de problemas innecesarios, siempre respetando las normativas vigentes.

Finalmente, cabe destacar que la intención es la de intensificar las inspecciones laborales. Las empresas que incumplan este registro de la jornada se enfrentan a sanciones económicas a partir de 626 € hasta los 6.250 €.

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