Hace pocos días, el Gobierno presentó un paquete de medidas para fomentar el ahorro energético, que estarán vigentes hasta el 1 de octubre de 2023. Sin embargo, las nuevas medidas de ahorro energético en el trabajo  podrían entrar en conflicto con el bienestar laboral. Lo analizamos hoy en Novagés.

Nuevas medidas de ahorro energético en el trabajo

Dentro de las diferentes medidas aprobadas, está la de regular la temperatura en determinados lugares. Entre ellos está los edificios de administraciones públicas, locales comerciales, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales, espacios culturales (como bibliotecas, cines o centros de congresos) y en las infraestructuras destinadas al transporte de personas, como estaciones de tren, autobuses, aeropuertos, etc.

Así, se establece que la temperatura máxima a la que se podrá poner el sistema de calefacción será de 19ºC. Por su lado, la refrigeración (o aire acondicionado) no podrá bajar de 27ºC.

Esta medida de ahorro energético choca frontalmente con lo establecido en el anexo III del Real Decreto 486/1997 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

En él se establece que:

1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

2. Asimismo, y en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados.

3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones:

a) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC.

La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.

Así, es posible observar que la temperatura que refleja el Real Decreto varía respecto a las medidas recientemente aprobadas, produciéndose una contradicción normativa.

Al mismo tiempo, mantener estas temperaturas también dificulta la ventilación necesaria para prevenir los contagios por Covid.

El gran dilema de las empresas

Las empresas españolas se enfrentan actualmente a un gran dilema. Deben tomar la delicada decisión de seguir las nuevas medidas de ahorro energético en el trabajo y poner en riesgo a sus trabajadores, o no seguirlas y enfrentarse a duras sanciones. Y más este año, en el que ya son varias las olas de calor que han afectado a nuestro país.

Ya son varias las comunidades autónomas y asociaciones empresariales las que han mostrado su rechazo ante las nuevas medidas, que desprotegen a los trabajadores de diferentes sectores frente al estrés térmico, tanto en verano como en invierno.